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Datenschutzerklärung

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de Protección de Datos Personales, le informamos de la incorporación de sus datos de carácter personal, necesarios para la realización de los servicios que nos ha solicitado, a nuestros ficheros inscritos en la Agencia de Protección de datos a nombre de AQUA-CAR, S.L. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una carta a nombre de AQUA-CAR, S.L. con domicilio en C/ Londres 1374, 03117 San Fulgencio, Alicante (ESPAÑA).

Términos y Condiciones de Uso

CONDICIONES COMERCIALES Y TARIFAS A APLICAR EN EL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS A AQUACAR

1º.– INFORMACION IMPORTANTE PARA EL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON AQUACAR:

El arrendatario deberá disponer de carnet de conducir vigente y homologado para conducir en España, y dejará fotocopia del mismo en el momento del alquiler. Así como ser mayor de 25 años.

El arrendatario deberá disponer de tarjeta de crédito extendida a nombre del conductor, autorizando expresamente el cargo de aquellos extras que queden reflejados en el contrato y el depósito o fianza pactados.

Los días de alquiler se computan por periodos de 24 horas, a contar desde la hora exacta en que el cliente haya arrendado el vehículo y hasta la devolución del mismo, con todos sus componentes, extras entregados y documentación, con un período de cortesía de 59 minutos.

La duración máxima del contrato de arrendamiento se fija en 28 días. Pasado este periodo, el arrendador debe pasar por una de nuestras oficinas si se desea renovar el contrato.

2º.- NUESTROS PRECIOS INCLUYEN:

• Kilometraje ilimitado.

Un conductor adicional (no se permiten más)

• Impuestos vigentes (IVA actualmente al 21%).

• Seguro obligatorio del automóvil (a terceros) y un ¨todo riesgo con franquicia de 800€, 900€ Y 1000€, con las siguientes coberturas:

– Responsabilidad civil suplementaria hasta 50.000.000.-€

– Defensa jurídica hasta 600.-€

– Seguro del conductor (accidentes personales).

Muerte 30.000.-€

Invalidez permanente hasta 24.500.-€

Asistencia médica hasta 30.500.-€ (máximo 365 días).

– Robo del vehículo (salvo que se deba a negligencia del conductor)

– Asistencia en viaje.

Dichos daños (a personas y vehículo asegurado) no quedarán cubiertos bajo ningún concepto si se han ocasionado como consecuencia de la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, incumpliendo la normativa de tráfico y las que regulan el seguro obligatorio en vehículos a motor o por incumplimiento de las normas del contrato de arrendamiento firmado con AQUACAR.

Los vehículos alquilados a AQUACAR son coches NO FUMADORES, por lo que si el arrendatario prevé que se va a fumar dentro del vehículo deberá comunicarlo, pudiendo suponer un gasto extra a la devolución por una limpieza especial.

3º.- FRANQUICIAS Y SEGURO OPCIONAL:

Los importes de las franquicias se corresponden según se indica en las siguientes tablas:

Grupo Franquicia del Seguro

A    800€
B    800€
C    900€
C1  900€
D   900€
G1 1000€

Seguro Opcional

Disponemos de un Seguro Opcional que incluye:

  1. Seguro por Colisión (CDW), SIN FRANQUICIA.
  2. Seguro contra robo (THW), SIN FRANQUICIA.
  3. Seguro lunas y cristales (SI), SIN FRANQUICIA.

El Seguro Opcional tiene un importe por día y un coste máximo por alquiler indicado a continuación:

Grupo         Seguro/día         Min.          Max.

A                  6€                        24€           84€
B                  6€                        24€           84€
C                  7€                        28€           98€
C1                7€                        28€           98€
D                 7€                         28€          98€
G1               10€                       40€          140€

A continuación se detallan las coberturas de cada uno de estos seguros incluidos en el Seguro Opcional (Seguro Colisión + Seguro Robo):

 

Seguro Colisión (CDW, Collision Damage Waiver)

Exención de responsabilidad por daños ocasionados al vehículo en caso de accidente.

El CDW es un servicio opcional prestado directamente por el Arrendador que exime al Arrendatario, mediante su contratación, de la responsabilidad económica únicamente por los daños causados al Vehículo con motivo de accidente de circulación, excluyendo los causados por actos de vandalismo.

La no contratación del CDW implica la responsabilidad económica del Arrendatario por los daños causados en el Vehículo y la indemnización por inmovilización del mismo.

El CDW sólo es aplicable si el Arrendatario cumplimenta debidamente el Parte de Accidente, donde deben figurar claramente los datos de los vehículos y conductores implicados en el accidente y las condiciones y circunstancias en las que se produjo el mismo.

Seguro de Robo (THW, Thieft Waiver)

Exención de responsabilidad en caso de robo total o parcial del vehículo, y daños causados al mismo por actos de vandalismo. El THW es un servicio opcional prestado directamente por el Arrendador que exime al Arrendatario (salvo el importe de la correspondiente franquicia), mediante su contratación, de la responsabilidad económica únicamente por el robo total o parcial del Vehículo y los daños causados al mismo por estos motivos y/o por actos de vandalismo.

La no contratación del THW implica la responsabilidad económica del Arrendatario por los daños y/o pérdidas por robo total o parcial del Vehículo y la indemnización por inmovilización del mismo.

El THW sólo es aplicable si el Arrendatario entrega al Arrendador las llaves del Vehículo (el juego original que se le entregó en el momento de formalizar el contrato de alquiler) sin manipulación alguna, y el original de la denuncia del incidente presentada ante las autoridades que correspondan.

Exenciones CDW y THW, no incluidas en el Seguro Opcional:

Especificaciones El CDW no cubre en ningún caso los daños causados al Vehículo, cualquiera que sea su categoría, cuando se produzcan como consecuencia de colisión o choque contra árboles, túneles, puentes, garajes y puertas de garajes, y en general contra cualquier otro objeto, como consecuencia de una incorrecta apreciación de la altura por parte del conductor.

El CDW no cubre en ningún caso los daños causados al Vehículo, cualquiera que sea su categoría, cuando se produzcan como consecuencia de conducir el Vehículo sobrecargado, por encima de los límites autorizados en el Permiso de Circulación y/o en la Ficha Técnica del Vehículo o por conducir éste por sitios tales como playas, caminos inapropiados, caminos forestales, montañas, etc., que no sean carreteras autorizadas y pavimentadas; los producidos por golpes contra piedras o cualquier otro objeto y baches encontrados en la carretera; y los producidos en llantas y neumáticos por golpes contra bordillos debidos a maniobras de aparcamiento. Tampoco el CDW cubrirá en ningún caso los daños a los vehículos debido a riadas/avenidas de agua debidas a la climatología o a cualquier otra causa, cuando los vehículos hayan sido dejados aparcados en zonas de rieras, ramblas o cursos de agua no asfaltados, y en todo caso, cuando los vehículos no se encontrasen debidamente estacionados en zonas asfaltadas destinadas específicamente al aparcamiento de vehículos.

Las coberturas del CDW y del THW no son de aplicación en el caso de que el coste de la reparación de los daños o robo parcial sea inferior o igual a la franquicia establecida en la Tarifa General Vigente para cada categoría y/o grupo de Vehículo, en cuyo caso dicho coste, hasta el límite de la franquicia, será siempre a cargo del Arrendatario.

Las coberturas del CDW y del THW no son de aplicación en caso de que el Arrendatario no haga entrega al Arrendador del documento que corresponda (denuncia y/o Parte de Accidente) debidamente cumplimentado en un plazo máximo de cuarenta

y ocho horas (salvo casos de fuerza mayor), desde la fecha en que se produjo el incidente.

Ni el CDW ni el THW cubren en ningún caso las pérdidas, hurtos o daños relativos a objetos y bienes, incluso equipajes o mercancías, transportados, depositados o guardados en el Vehículo por el Arrendatario o cualquier ocupante del mismo.

Cuando, de acuerdo con lo estipulado en las presentes Condiciones Generales, no sean de aplicación las exenciones CDW y THW, el Arrendatario será responsable del pago de todas las reparaciones que se efectúen en el Vehículo, así como de una indemnización en concepto de inmovilización del mismo.

Las tarifas de alquiler cubren las pérdidas y daños del Vehículo en caso de incendio espontáneo del mismo, cuando no se produzca como consecuencia de accidente de circulación o de robo total o parcial del mismo o actos de vandalismo, en cuyo caso regirá lo dispuesto en el presente artículo.

¿Qué es lo que no cubre el seguro en ninguna de las modalidades anteriores?

Neumáticos y llantas (roturas, pinchazos o cualquier tipo de daño) Daños en los bajos (*) o deterioros en el interior del vehículo Daños causados a terceros o al propio vehículo por negligencias o conducción temeraria.

Repostaje equivocado de combustible.

Pérdida o rotura de llaves o mandos a distancia Robo del vehículo con las llaves en el contacto Objetos personales en el interior del vehículo Daños o situaciones producidos por la conducción bajo los efectos del alcohol y/o las drogas. (*) Bajos de un vehículo: Se entiende por los «Bajos de un vehículo» a las siguientes partes del mismo: En los laterales: zonas situadas por debajo de las puertas incluyendo los cajetines laterales. En la parte delantera: zona situada por debajo del parachoques delantero. En la parte trasera: zona situada por debajo del parachoques trasero. En la parta inferior del vehículo (no visible): zona inferior del vehículo situada por debajo de éste que protege al motor y otros mecanismos del vehículo.

4º – NUESTROS PRECIOS NO INCLUYEN:

–Los daños no incluidos en el seguro obligatorio.

–Combustible y su repostaje: El vehículo se entrega lleno de combustible y el arrendatario deberá devolver el depósito vacío. AQUACAR cobrará en el momento de entregar el vehículo el servicio de repostaje al precio fijado en las tarifas y el importe de combustible al precio de venta al público vigente en dicho momento. Existe la opción de la entrega y recogida del vehículo con el depósito lleno y sin cargo por dicho concepto.

–Los extras que el arrendatario haya adquirido junto con el arrendamiento del vehículo, que se pagarán al precio plasmado en las tarifas vigentes.

–El repostaje de combustible incorrecto: Implicará un cargo adicional al precio vigente en las presentes tarifas.

–La pérdida de llaves, de neumáticos o daños en los mismos que los hagan inservibles, de la documentación, etc.

–El retraso en la devolución del vehículo arrendado al terminar el contrato, en más de 60 minutos.

–Limpieza especial: Aquel gasto que supone un servicio extra de limpieza como consecuencia del estado manifiestamente sucio e inadecuado del vehículo al momento de su devolución, y si se ha fumado en el interior del mismo y se ha quedado olor a tabaco. Queda totalmente prohibido el transporte de animales o mercancías que puedan dañar, deteriorar o ensuciar el vehículo.

TARIFAS VIGENTES POR LOS CONCEPTOS Y EXTRAS NO INCLUIDOS EN NUESTROS ARRENDAMIENTOS.

–REPOSTAJE: Se cobrará una cantidad fija por cada grupo de alquiler correspondiente al servicio de repostaje más el combustible necesario para que quede lleno, al precio de mercado, que oscilará dependiendo del modelo entre los 70€ y 120€.

–CARGO POR REPOSTAJE INCORRECTO: 150,00.-€ y si el vehículo sufriera otros daños por dicho motivo, el arrendatario acepta que le sea cargado a su tarjeta de crédito dicho coste adicional, al precio que resulte de la factura de reparación.

–PERDIDA DE LLAVES: 120€

–DAÑOS/PÉRDIDA EN RUEDAS Y NEUMATICOS: pinchazo 50 €, llanta 300,00 €, rueda de repuesto 225,00 €, daños en la llanta 100,00 €.

–DEVOLUCION TARDIA DEL VEHÍCULO: Por el retraso en la devolución del vehículo se cobrará un día más de alquiler, con un mínimo de 25.-€ (IVA incluido).

–SERVICIO NOCTURNO: las entregas entre las 23.00 y las 07.00 horas tienen un coste extra de 6€.

–SILLITAS DE BEBE: Es obligatorio hasta los 12 años o con altura mínima de 135 cm el uso de un dispositivo de retención homologado adaptado a la talla y al peso del niño, y éste dispositivo debe ir en el asiento trasero del vehículo. Tiene a su disposición silletas homologadas, previa su solicitud antes del arrendamiento, al precio de 10.-€ por semana.

–SALIDA AL EXTRANJERO: Queda totalmente prohibido conducir el vehículo fuera de España (queda también prohibido el traslado a Ceuta, Melilla,

Islas Baleares e Islas Canarias).

– LIMPIEZA ESPECIAL: Al precio de 60.-€ (IVA incluido) limpieza especial y al precio de 120.-€ (IVA incluido) la limpieza grave.

5º.- FORMA DE PAGO, DEPOSITOS, FIANZAS y FRANQUICIAS EXIGIBLES AL ARRENDAR EL VEHÍCULO.

A la firma del contrato y para la retirada del vehículo de las instalaciones de AQUACAR, el arrendatario deberá pagar todos los conceptos y extras contratados al precio fijado en las tarifas.

El pago se puede realizar en efectivo o mediante tarjeta de crédito. De hacerse en efectivo, deberá facilitar un número de tarjeta (a nombre el conductor arrendatario) como garantía por los daños no cubiertos por la franquicia u otros gastos extras que se puedan ocasionar durante el arrendamiento.